Sábado, 20 de abril de 2024
Impuesto a la herencia: de cuánto es el monto, a quiénes incluye
El tributo, también conocido como transmisión gratuita de bienes, se aplica desde 2011 a los aumentos de riqueza de forma gratuita

El impuesto a la transmisión gratuita de bienes aplica a todos los incrementos de riqueza que las personas obtienen a título gratuito, es decir, sin entregar nada a cambio. El mismo alcanza a una gran variedad de operaciones como legados, donaciones, anticipos de herencias, entre otros. En el caso de la Provincia de Buenos Aires aplica desde el 2011.

¿Cuánto es el impuesto a la transmisión gratuita de bienes?
El impuesto a la transmisión gratuita de bienes aplica a las transmisiones gratuitas que superan $1.344.000 en el caso de que sean de "familiares" (padres, hijos o cónyuges), mientras que en el resto de los casos aplica desde los $322.880.

En cuanto a la alícuota, la misma es progresiva, estableciendo un mínimo del 1,6% y un máximo del 7%, abonándose una suma fija y otra parte variable.

¿Cómo se calcula el impuesto a la transmisión gratuita de bienes 2022?
Para calcular el impuesto a la transmisión gratuita de bienes se debe tomar el monto recibido y "encasillarlo" en alguna de las siguientes "franjas".

Los siguientes montos y alícuotas aplica en el caso de "familiares":

·         Si el monto es mayor a 0 y menor a $893.399 se aplica una cuota fija de 0 y al resto deberás aplicarle un 1,6%

·         Si el monto es mayor a $893.399 y menor a $1.786.796 deberás aplicarle una cuota fija de $21.476 y al excedente de $893.399 un 1,63%

·         Si el monto es mayor a $1.786.796 y menor a $3.573.593 deberás aplicarle una cuota fija de $28.903 y al excedente de $1.786.796 un 1,69%

·         Si el monto es mayor a $3.573.593 y menor a $7.147.183 deberás aplicarle una cuota fija de $59.148 y al excedente de $3.573.593 un 1,81%

·         Si el monto es mayor a $7.147.183 y menor a $14.294.370 deberás aplicarle una cuota fija de $123.934 y al excedente de $7.147.183 un 2%

·         Si el monto es mayor a $14.294.370 y menor a $28.588.738 deberás aplicarle una cuota fija de $270.687 y al excedente de $14.294.370 un 2,5%

·         Si el monto es mayor a $28.588.738 y menor a $57.177.476 deberás aplicarle una cuota fija de $632.906 y al excedente de $28.588.738 un 3,49%

·         Si el monto es mayor a $57.177.476 y menor a $114.534.953 deberás aplicarle una cuota fija de $1.632.254 y al excedente de $ 57.177.476 un 5,41%

·         Si el monto es mayor a $114.534.953 y menor a $250.000.000 deberás aplicarle una cuota fija de $4.730.473 y al excedente de $114.534.953 un 6,38%

·         Si el monto es mayor a $250.000.000 y menor a $500.000.000 deberás aplicarle una cuota fija de $13.384.898 y al excedente de $250.000.000 un 6,51%

·         Si el monto es mayor a $500.000.000 y menor a $1.000.000.000 deberás aplicarle una cuota fija de $29.670.648 y al excedente de $500.000.000 un 6,75%

·         Si el monto es mayor a $1.000.000.000 deberás aplicarle una cuota fija de $63.434.148 y al excedente de $ 1.000.000.000 un 7%

¿Quién paga el impuesto a la transferencia gratuita de bienes?
Deben pagar el impuesto a la transferencia gratuita de bienes aquellos beneficiarios que han obtenido un enriquecimiento de forma gratuita. En el caso de la Provincia de Buenos Aires aplica tanto a las personas físicas como a las jurídicas.

Para pagar el impuesto a la transmisión gratuita de bienes en ARBA se deben seguir los siguientes pasos:

·         Presionar el botón "Iniciar Trámite" o directamente acceder a TGB - Transmisión Gratuita de Bienes

·         Ingresá tu número CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT). Luego presionar en "Ingresar"

·         Ingresá en el menú "Presentaciones" y luego dirigite a "Presentación DDJJ originales". Posteriormente hace clic en "Generar nueva DDJJ"

·         Luego deberás cargar los datos del declarante, el tipo de instrumento que origina el enriquecimiento y todas las personas involucradas, incluso al causante cuando se trate de transmisiones por fallecimiento

·         Posteriormente, deberás cargar los bienes que se transfieren. Luego, deberás presionar en el botón "Declarar"

·         Una vez que realizaste el paso anterior, te mostrará un detalle de la transmisión cargada, mostrando los totales cargados por rubro. Allí deberás presionar en "Declarar"

·         Finalmente deberás descargar los formularios: si hacés clic en "Liquidar" obtendrás el formulario de pago, si lo hacer en "Emisión de Constancia de Presentación" obtendrás la constancia de la declaración jurada generada con la fecha, el monto declarado y el motivo del acto. Por último, podrás descargar el formulario de la declaración jurada con el detalle de las transferencias por beneficiario y bienes transferidos haciendo clic en "Emisión de Formulario DDJJ"

 

Fuente: Iprofesional

 

7/3/2023
Noticias Relacionadas Fracasó la paritaria de los metalúrgicos y habrá paro nacional Una jueza obliga a empresas automotrices a recalcular las cuotas Ley Omnibus
Directora: Patricia Ortega Contacto: info@iurenoticias.com.ar
Directora: Patricia Ortega Contacto: info@iurenoticias.com.ar