Con el advenimiento de Google, una porción significativa de la sociedad decidió prescindir de cualquier profesional y solucionar sus propios problemas confiando en un algoritmo, que sin establecer ningún tipo de coherencia, arroja resultados e informes que pueden provenir, tanto de una dudosa universidad de EE.UU. como de estudios publicados por ignotos investigadores.
Así las cosas, todos nos transformamos (o creemos hacerlo), de manera instantánea y sin estudio de ningún tipo, en médicos, arquitectos, ingenieros, electricistas y cuanto profesional exista en este mundo. Esto seguramente ha sorprendido a los médicos, a los ingenieros y a los electricistas, mas no así a los abogados, quienes, mucho antes de que existiera Internet, e incluso, antes que existieran las computadoras, asistimos reiteradamente a situaciones en las que cualquier persona se permitía opinar de cuestiones legales, por considerar que el mundo del derecho no requería demasiado esfuerzo o estudio previo.
A diferencia de las otras profesiones, la de abogado suele pensarse que se reduce a hacer coincidir algunos pocos artículos con una situación particular. A raíz de ello, con el paso del tiempo y la repetición de ciertas "máximas", se fueron creando los que pueden denominarse como "mitos urbanos del derecho".
Estos "mitos" o aseveraciones sin fundamento, se encuentran tan enquistados en el inconsciente colectivo que se requieren denodados esfuerzos para que el cliente comprenda que su creencia está total, completa y absolutamente errada. Más de una vez me he encontrado en reuniones donde una persona (desconociendo mi condición de abogado), se dirige a mí dándome cátedra respecto de algunos aspectos legales, lo cual desde ya no tiene ni el más mínimo sentido. No obstante ello, antes que corregirla, suelo invitarla a que amplíe en su consejo. Así las cosas, quienes sí saben de mi profesión, me lanzan una mirada asesina, en tanto mis preguntas transforman esos encuentros en charlas de "hablemos sin saber".
Por otro lado, miran a mi interlocutor con cierta compasión, por cuanto a medida que avanza en su alocución, los yerros e incoherencias se multiplican. Con el fin de desterrar esa usual práctica e intentar llevar un poco de luz en cuestiones cotidianas, daré cuenta en este recorte de los que entiendo son los tres mitos que surgen casi inmediatamente en cualquier charla de café, no obstante que la lista es casi infinita.
Mito 1: "Si sos conviviente, tenés derechos hereditarios
FALSO. Antes de la modificación del Código Civil, esta máxima ya estaba bastante arraigada, pero con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial, que otorgó ciertos derechos al conviviente que antes no existían, tal creencia se terminó de afianzar definitivamente, y para mal.
Como vengo diciendo, las uniones convivenciales están ahora regladas, asignándoles derechos a sus integrantes, como por ejemplo, asistencia, responsabilidad solidaria frente a deudas a terceros, protección de la vivienda familiar, compensación económica por cese de convivencia, mas de ningún modo se le asigna derechos hereditarios de ningún tipo. Esto quiere decir, que el conviviente que sobrevive al otro no puede participar de su sucesión, ni tiene derechos sobre los bienes que el causante pudo haber dejado, salvo -claro está- que haya sido designado como legatario o heredero testamentario.
Fuente: Iprofesional