En concordancia, en el día de ayer, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:
"El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.
Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.
En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.
El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos".
El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.
Fuente: Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte de Justicia