A partir del 15 de febrero de 2021, Suprema Corte de Justicia, dispuso que las comunicaciones de publicidad registral de los inmuebles pertenecientes a los partidos de la Provincia de Buenos Aires, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, se efectúen electrónicamente por todos los órganos judiciales, cualquier sea el tipo de proceso.
Asimismo, a partir de la fecha indicada, todos los órganos judiciales deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos al Registro de la Propiedad, utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- los textos de los modelos estandarizados de oficios que también fueron aprobados en la presente resolución.
21/12/2020