La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso por última vez la prórroga o ampliación del plazo de vigencia de las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de género, restricción a la capacidad o adultos mayores, hasta el 18 de diciembre del corriente año inclusive, en los órganos jurisdiccionales comprendidos en las resoluciones SC Nº 1250/20, Nº 1252/20, Nº 1354/20 y en la Resolución SPL Nº 65/20.
Ello, salvo que el juez de la causa haya tomado o tome una decisión en contrario en el caso concreto, o que la propia víctima o parte interesada solicite su cese o una de distinto tenor. Durante dicho lapso los magistrados efectuarán un seguimiento y revisión de las medidas, a fin de adoptar las determinaciones que estimen pertinentes en función del caso.
Suprema Corte de Justicia Resolucion SPL Nº71/20